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OBLIGATORIEDAD DE LA NORMA UNE 100030:2017 PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA PROLIFERACIÓN Y DISEMINACIÓN DE LEGIONELLA EN INSTALACIONES.

APLICACIÓN DE NUEVOS REQUISITOS

PÍDANOS PRESUPUESTO SIN COMPROMISO

En Abril de 2017 se publicó la nueva Norma UNE-100030:2017 sobre Prevención y control de Legionella que sustituye a la anterior de 2005 recogida en el R.D. 865/2003.

Ante la controversia que suscitada sobre la obligatoriedad de la aplicación de diferentes requisitos, más restrictivos que los recogidos en el R.D 865/2003, el Ministerio de Sanidad confirmó por escrito que la nueva versión de la nueva NORMA UNE sustituye a la anterior, complementa al R.D 865/2003 y su aplicación se realizará sobre todas las instalaciones incluidas en el Art. 2 del R.D. 865/2003:  Torres de refrigeración, agua fría y caliente sanitaria, equipos de enfriamiento evaporativo, SPA,s, piscinas, etc…. 

VISITA TÉCNICA SIN COSTE

La nueva NORMA UNE 100030:2017 introduce modificaciones muy significativas y relevantes.

La Inspección Sanitaria en sus inspecciones periódicas comienza a exigir la obligatoriedad de aplicar aquellos aspectos más restrictivos y que complementan al R.D. 865/2003, por lo que queremos informarles de aquellas variaciones más importantes y que deben recogerse ya en los Planes de Prevención y Control de Legionella en instalaciones de riesgo.

ENTRE LAS MÁS RELEVANTES CABE DESTACAR:

  • TORRES DE REFRIGERACION y CONDENSADORES EVAPORATIVOS

-Las analíticas de Legionella se tomarán con frecuencia MENSUAL (en R.D. 865/2003 se indica frecuencia mínima TRIMESTRAL)

-La revisión del separador de gotas pasa a ser MENSUAL (en R.D. 865/2003 era SEMESTRAL)

  • SISTEMAS DE AGUA FRÍA DE CONSUMO HUMANO (AFCH) y AGUA CALIENTE SANITARIA (ACS)

-Se establece el número MÍNIMO de analíticas en función de los puntos terminales (grifos y duchas) existentes en la instalación, o cuartos húmedos para Hoteles y Residencias. Así como para instalaciones que dispongan de bañeras de hidromasaje, spa,s y jacuzzis. (En R.D. 865/2003 Anexo A.a. el texto resultaba ambiguo e interpretativo, indicando que como MÍNMO anualmente se debía realizar una determinación de legionella en muestras de puntos representativos de la instalación, sin indicar número de analíticas)

-Cuando el suministro de agua de consumo humano (AFCH) proceda de un depósito interior se comprobarán los niveles de cloro libre y combinado, en su caso, en un número representativo de puntos terminales con una frecuencia SEMANAL, anotando los resultados en la ficha de registro correspondiente (En R.D., 865/2003 no indicaba frecuencia)

  • EQUIPOS DE ENFRIAMIENTO EVAPORATIVO (ADIABATICOS)

-En los equipos de enfriamiento evaporativo se deberá descalcificar el agua de aporte si presenta una dureza elevada, con el fin de minimizar el uso de productos químicos antiincrustantes en estos sistemas.

-Las analíticas de legionella deberán ser realizadas por un laboratorio ACREDITADO POR ENAC (en R.D. 865/2003 se establece que el laboratorio sólo tenga implantado un sistema de gestión de la calidad ISO 9001)

– Se han incorporado instalaciones anteriormente no contempladas como de ALTO RIESGO han sido causantes de brotes de legionelosis de los últimos años. Por ejemplo, la inclusión en la NORMA de los equipos humidificadores usados en terrazas y establecimientos que aporta una mayor protección de la salud pública.

ALQUIMIA INTEGRAL con más de 25 años de experiencia en la implantación y desarrollo de Planes de Prevención y Control de Legionella en instalaciones de riesgo, dispone de la formación y experiencia adecuada para asesorarle en la implementación de estos requisitos que obligan al TITULAR a un mayor compromiso a nivel documental y de registros.

ALQUIMIA INTEGRAL puede realizar una visita técnica SIN COSTE a sus instalaciones para revisar y actualizar la documentación de su Plan de Prevención y Control de Legionella, informándole de cómo afectarán estas modificaciones a sus instalaciones y adecuarse a la mayor brevedad posible a estas nuevas exigencias normativas.

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  • Nuestros procedimientos están avalados por la implantación de un Sistema Gestión Calidad ISO 9001; Gestión Ambiental ISO 14001 y la Norma UNE 16636 sobre buenas prácticas en el Control Integrado de Plagas.
  • Todas nuestras actuaciones están basadas según  protocolos de las Normativas vigentes sobre los Sistemas de gestión integrados de Plagas y al Mantenimiento higiénico Sanitario de las instalaciones de riesgo de Legionella.

ATENCIÓN AL CLIENTE

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